Las sanciones a los taxis en el entorno del Park Güell, contrarias a la ordenanza
En la ordenanza del Ajuntament de Barcelona figura que los servicios públicos pueden acceder a las zonas consideradas como «áreas de viandantes». En concreto el artículo 9 referente a la señalización y condiciones de circulación en las áreas de peatones indica que las limitaciones de circulación y estacionamiento que se establezcan en estas zonas no afectarán a los del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento, fuerzas y cuerpos de seguridad, Guardia Urbana, ambulancias y todos aquellos que sean inherentes a la prestación de servicios públicos.
Ante estas sanciones contrarias a la ordenanza de circulación del Ayuntamiento de Barcelona en las áreas de viandantes, desde Espai Iuris aconsejan recurrir estas multas interpuestas.
Descarga el formulario para realizar el recurso.
Espai Iuris Gabinet Jurídic empieza su colaboración con Élite Taxi