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Las garantías en los automóviles

Las garantías en los automóviles

En el sector, las garantías en los automóviles se pueden dividir en dos grandes grupos, vehículos nuevos y usados.  Dentro de estos dos grupos existen diversas modalidades.

Automóviles Nuevos:

– Garantías de fábrica o legales.
– Garantías comerciales y condicionadas, aún contrato firmado por ambas partes.

Automóviles Usados:

– Garantías de reparaciones.
– Garantías de compra de vehículos usados.

Coches Nuevos – Garantía de Fábrica:

La garantía obligatoria, legal (garantía de fábrica), condicionada a una legislación, que no varía en ningún caso, siempre es de dos años, sin límite de kilometraje.

En las garantías legales, hubo una modificación en su condicionado muy importante, ya hace unos años, dar la posibilidad al dueño del vehículo de poder hacer el mantenimiento, programado por fábrica en cualquier taller legal, sea de marca o libre, sin necesidad de utilizar material de origen (de calidad similar), aunque es recomendable.

No obstante, las especificaciones son de obligado cumplimiento (aceites, valvulinas, líquido refrigerante, gas A.A., etc) de esta manera se acabo el monopolio de las marcas, al poder pasar la revisión en cualquier taller sin perder la garantía de fábrica.

Todas las piezas sustituidas en periodo de garantía, tienen la misma fecha de caducidad, que es al cumplir los dos años.

Si por ejemplo, te sustituyen una bomba de agua cuando al vehículo le quedan 2 meses de garantía, está bomba nueva, sólo le queda ese periodo de garantía.

Todas las piezas que están sometidas a periodos de mantenimiento o desgaste, seguramente os obligarán a pagar parte de la pieza dependiendo su desgaste o kilometraje.

Normalmente la mano de obra quedaría incluida, si es por defecto de material,
hay una excepción, en averías concurrentes desde el periodo de garantía, que no se ha solucionado el problema, dichas averías quedarán garantizadas hasta su reparación, total-

Las garantías, son siempre preferenciales respecto planing de trabajo del concesionario.

Así mismo, las garantías de fábrica también están sujetas a la obligación de ofrecer vehículos de sustitución, asistencia en carretera , remólcaje e indemnizaciones, hasta por causa moral.

Placa de industria , Taller legalizado.

Garantías comerciales:

Las garantías comerciales, normalmente hay de dos tipos, una por extensión de la garantía legal condicionada a unos compromisos, normalmente gratuita y tiene algunas diferencias con la legal, un determinado tiempo y kilometraje, excluyendo algunos apartados (según la marca), y obligado a pasar el mantenimiento íntegro en sus concesionarios, no suelen tener asistencia en carretera.

Y las garantías contratadas, que son garantías sujetas a un contrato por ambas partes.

Actualmente suelen estár ligadas a un programa de mantenimiento, donde se cobran unas cuotas que comprenden las revisiones y la garantía.

Estas garantías también en muchos casos aceptan, como garantía las piezas por desgaste.

Garantías en vehículos usados:

Las reparaciones las podemos englobar sólo en vehículos usados ya que estos han acabado su periodo de garantía legal.

Las reparaciones tienen una garantía unificada para todos los talleres igual, tres meses o 2000 km en vehículos particulares, lo que antes suceda y para vehículos industriales (Taxis) aquí el periodo de garantía es menor, 15 días o 2000km lo pase antes.

En estas garantías de reparación hay que tener una cosa muy en cuenta, que es el periodo de garantía de las piezas, ya sean originales o no, esta garantía normalmente, es de dos años, aunque algunas piezas determinadas dan un año.

Si en este periodo de tiempo, se estropea dicha pieza está quedará garantizada por el fabricante, no por el taller, con lo cual tendríamos que pagar la mano de obra y gastos devengados por aceites, refrigerantes, etc.

Talleres agremiados un plus de calidad en el servicio.

Garantías de compra de un vehículo usado:

Estás garantías son las asociadas a la compra de un vehículo de 2ª mano, son garantías contratadas atraves de una compañía de seguros (normalmente).

Estas garantías cuando vende el vehículo un profesional son obligatoriamente de un año, y sólo ampara, los defectos ocultos que no se descubrieron el día de su compra.

En este apartado hay una novedad que mucha gente ignora, entre particulares también existe la obligatoriedad de dar una garantía, por defectos ocultos de seis meses, la única diferencia es que para reclamar hay que denunciar al antiguo propietario por defectos ocultos.

Estas garantías pueden estar sujetas también a un kilometraje, en el contrato, sobre todo por parte de los profesionales.

Hasta aqui, mi artículo de esta semana, la semana que viene, intentaré ofreceros toda la información imprescindible y necesaria de los neumáticos, importantísima para vuestra seguridad y economía.

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